¿Es obligatorio el casco en patinete en Madrid?

¿Es obligatorio el casco en patinete en Madrid?

En Madrid, el uso del casco para patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP) está regulado por la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Esta normativa incluye diversas particularidades y excepciones, especialmente en cuanto a la edad y el uso de casco. A continuación, detallamos las normas y requisitos para circular con VMP en Madrid.

Índice

Regulación del Uso del Casco en Madrid

En Madrid, el uso del casco es obligatorio en los siguientes casos:

  • Para usuarios menores de 18 años.
  • Durante el ejercicio de actividades económicas (como repartos o servicios turísticos).
  • Al circular por carriles multimodales a 30 km/h.

Para menores de 16 años, el uso del casco es obligatorio y deben estar acompañados por un adulto si tienen entre 10 y 15 años. El incumplimiento de estas normativas puede resultar en una sanción de 200 euros.

Normas de Circulación para VMP en Madrid

En Madrid, la circulación de VMP está regulada por la Ordenanza de Movilidad Sostenible, que establece las siguientes normas:

  • No se permite circular por las aceras y zonas estanciales.
  • Es obligatorio el uso de iluminación delantera y trasera.
  • Se puede circular por ciclocalles, carriles bici, carriles reservados de aceras-bici (a un máximo de 10 km/h), sendas ciclables (a 5 km/h los fines de semana y festivos), pistas bici (a un máximo de 20 km/h), calles de plataforma única (a menos de 20 km/h), y calles 30.
  • No se permite circular por carriles con velocidad máxima de 50 km/h, carril bus, la M-30 y sus accesos, túneles de vías urbanas, y zonas ajardinadas.

En la circulación por carriles reservados de aceras-bici, sendas ciclables y zonas 20, se debe mantener una distancia de al menos 1 metro con los peatones. Si no es posible, se debe desmontar y caminar junto al VMP.

Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento de las normativas de circulación o estacionamiento de patinetes y VMP en Madrid puede resultar en multas. Las infracciones comunes, como circular por la acera o dejar el patinete en lugares prohibidos, tienen un importe de 60 euros, salvo circunstancias de especial peligrosidad.

Preguntas frecuentes de los usuarios (FAQ)

Sí, el uso del casco es obligatorio en los siguientes casos:

  • Para usuarios menores de 18 años.
  • Durante el ejercicio de actividades económicas.
  • Al circular por carriles multimodales a 30 km/h.

Para menores de 16 años, es obligatorio y deben estar acompañados por un adulto si tienen entre 10 y 15 años.

Los patinetes eléctricos pueden circular por:

  • Ciclocalles.
  • Carriles bici.
  • Carriles reservados de aceras-bici, a velocidad no superior a 10 km/h.
  • Sendas ciclables, a velocidad no superior a 5 km/h los fines de semana y festivos; hasta 15 km/h el resto de horas.
  • Pistas bici, a velocidad no superior a 20 km/h.
  • Calzada de calles de plataforma única a menos de 20 km/h.
  • Calzada de calles integradas dentro de zonas 30.
  • Parques públicos por itinerarios permitidos a las bicicletas, a velocidad no superior a 5 km/h si son sendas compartidas con peatones.

Los patinetes eléctricos deben cumplir con las siguientes medidas de seguridad:

  • Uso obligatorio de iluminación delantera y trasera.
  • Protección de la cabeza con un casco homologado al circular por carriles multimodales.
  • Circulación en posición erguida y en pie sobre el VMP.
  • Adaptación de la velocidad y trayectoria para evitar riesgos.

Las normas de circulación y aparcamiento de los VMP en Madrid se regulan en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, con modificación en vigor desde el 22 de septiembre de 2021. Esta ordenanza regula específicamente los patinetes eléctricos y los VMP en general en materia de circulación, estacionamiento, uso para actividades económicas y arrendamiento.

Sí, hay multas por infringir las normas de circulación y estacionamiento de VMP en Madrid. Las infracciones comunes, como circular por la acera o dejar el patinete en lugares prohibidos, tienen un importe de 60 euros. La Policía Municipal y los Agentes de Movilidad son responsables de imponer estas sanciones para proteger a los peatones en las aceras.

Fuentes: Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid y Madrid Movilidad Sostenible – Vehículos de Movilidad Personal.

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